Así puedes recuperar el dinero del Afore de pensionados fallecidos del IMSS

Los beneficiarios obtendrán el dinero del IMSS y el Afore en una sola exhibición
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Gracias al retiro por beneficiarios IMSS cualquier Afore está obligada a entregar los recursos correspondientes al régimen pensionario de trabajador fallecido, siempre y cuando la persona que murió haya heredado legalmente este dinero. 

Aunque para la mayoría de las personas los trámites gubernamentales y de esta índole pueden parecer engorrosos, en realidad el retiro por beneficiarios IMSS no es tan complicado, algo benéfico durante estos tiempos de crisis y pérdidas por la pandemia de Covid-19. 

Aquí te explicaremos los pasos y documentos que tienes que tener a la mano si quieres aplicar para esta modalidad.

¿Quiénes pueden acceder a este dinero?

Según los datos proporcionados por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), la vida o viudo, los hijos menores de 16 años o si están estudiando hasta los 25 años, los padres del finado o la concubina pueden solicitar este retiro. 

Si no hay una relación directa, la persona que quedó como heredera no tiene derecho a una pensión, pero sí a disponer de los recursos, pero será la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje la encargada de determinarlo.

¿Qué documentos se necesitan?

  • Identificación oficial (del titular y beneficiario).
  • Algún documento que contenga el Número de Seguridad Social del titular de la cuenta emitido por el IMSS, Infonavit o Afore.
  • Acta de nacimiento (del titular y beneficiario).
  • Certificado de defunción del titular de la cuenta.
  • CURP (del titular y beneficiario).
  • Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor de tres meses (servicio de luz, agua, gas, boleta del predial, telefonía fija o certificación de la presidencia municipal).
  • Un estado de cuenta, consulta, resumen o certificación de saldos o contrato de administración de fondos para el retiro firmado con la Afore.
  • RFC del trabajador fallecido.
  • Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de Clabe Bancaria Estandarizada (CLABE).
  • Esposa: tendrá que llevar su acta de matrimonio.
  • Concubina: tendrá que presentar testimonial de concubinato.
  • En el caso de hijo menor de 16 años el acta de nacimiento que compruebe la relación paterno filial.
  • Hijo de 16 a 25 años: deberá presentar una constancia de estudios que acredite que se encuentra estudiando en escuelas pertenecientes al Sistema Educativo Nacional.
  • En caso de los hijos que no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad crónica o discapacidad deberán presentar el formato ST-6 Dictamen de beneficiario incapacitado, solicitado en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) u hospital con servicio de salud en el trabajo que le corresponde al beneficiario. 
  • En el caso de los padres del titular deben de llevar un testimonial de convivencia y un testimonial de dependencia económica tramitado ante una autoridad judicial.
  • Resolución de pensión o de negativa de pensión, o bien, el laudo correspondiente que designe a los beneficiarios emitido por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
  • Formato de designación de beneficiarios (solo aplica si el trabajador hizo aportaciones voluntarias a su cuenta Afore).

¿Pasos a  seguir?

Los beneficiarios tendrán que acudir a la subdelegación del IMSS, para que te emita la resolución de pensión correspondiente; en caso de ser un pariente directo, deberá presentarse la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para obtener el laudo que te designa como beneficiario o pedir asesoría en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

Una vez sorteado el punto anterior, deberán recurrir a la Afore con la que estaba designado el empleado que perdió la vida, para llenar el papeleo correspondiente, una vez que se haya aprobado, se les entregará en una sola exhibición los recursos. 

Si te quedaron más dudas o quieres ver los detalles específicos, puedes consultarlos en la página oficial de la Consar.