“También somos violentados”: Aplican Ley Olimpia a favor de un hombre

Diego sufrió una violación a su privacidad cuando su ex esposa difundió fotografías íntimas suyas
Compartir:

COAHUILA, México.-Por primera vez en la historia, en Coahuila se aplicó la Ley Olimpia a favor de un hombre, luego de que Diego sufriera una violación a su privacidad, cuando su ex esposa difundió fotografías en donde él aparece desnudo.

Según los reportes, Yessica "N" presentó la denuncia de divorcio en 2021 ante el Poder Judicial del Estado, donde la demandante hizo una propuesta alterna dirigida a Diego, la cual señalaba que si se cumplían ciertos puntos que ella planteaba y exigía fueran cumplidos, se suspendería el proceso.

La mujer solicitaba cambio de religión, la liberación de las contraseñas de todos sus dispositivos electrónicos, así como mostrar todos los recibos de nómina. Ante este pedimento, Diego se negó y posteriormente pidió la custodia de sus tres hijas ya que alegaba señales de maltrato.

Fue entonces cuando la mujer arremetió en contra de su ex esposo e inició la amenaza de compartir y publicar material íntimo de Diego que ella poseía.

SEÑALA QUE FUE VÍCTIMA DE BURLAS

De acuerdo con información de Infobae, Yessica finalmente procedió a difundir las fotografías para que llegara hasta el ambiente laboral del hombre, lo que le causó el despido inmediato.

Es un proceso en el cual yo pierdo la paz, en el que tengo que ir a terapia por el riesgo a ser expuesto… es algo que a mí me parece muy deshonesto”, comentó Diego.

El sujeto, acompañado de un equipo de abogados, preparó la denuncia para hacer justicia. Sin embargo, compartió que al inicio del proceso fue víctima de burlas, pues a las autoridades les parecía extraño que la Ley Olimpia fuera necesaria para un hombre.

MEDIDAS CAUTELARES

Este lunes se llevó a cabo la primera audiencia en el Centro de Justicia Penal de Saltillo, donde Yessica "N" fue acusada por el delito penal de Violencia a la Intimidad Sexual.

La pena máxima por esta imputación, según el artículo 167 TER del Código Penal del estado puede ir de 4 a 6 años de prisión.

Dicha audiencia fue encabezada por la jueza Griselda Elizalde Castellanos, quien dictó una serie de medidas cautelares a la acusada, como no acercarse a la víctima y no hablar mal del mismo con sus hijas.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, también conocida como "Ley Olimpia", es un conjunto de reformas legislativas establecen que cualquier acción dolosa realizada a través de cualquier medio digital en el que se exponga, distribuya, exhiba, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento sea tipificado como delito.

Quien cometa este tipo de violencia digital será sancionado con una pena de tres a seis años de cárcel, además de una multa equivalente a un monto de entre 44 mil 810 pesos y 89 mil 620 pesos.

El Decreto publicado en el DOF establece que el mínimo y el máximo de la pena aumentará hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge, o cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza.

La denominada “Ley Olimpia” surge a raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de una mujer en el estado de Puebla. Derivado de ello se impulsó una iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad y tipificar tales conductas como violación a la intimidad.