¡Adiós, chanclazos!: Diputados prohíben castigos corporales

La Cámara de Diputados avaló por unanimidad un dictamen que prohíbe a los adultos ejercer castigos corporales contra los menores.

Este jueves 10 de diciembre la Cámara de Diputados aprobó un dictamen con el que se prohibirá que los menores de edad sean sometidos a castigo corporal y/o humillante como método correctivo.

En específico se avalaron reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Ahora, tras la evaluación de los legisladores, pasará al Ejecutivo federal para su promulgación y posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La aprobación del dictamen fue unánime, pues se contó con 446 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones en la Cámara de Diputados.

Pese a esto, no se dispusieron sanciones para los padres o tutores que ejerzan “correctivos” en contra de personas menores de edad.

De acuerdo con lo establecido en la reforma a la Ley, estará prohibido “corregir” a los menores de edad con “varazos, reglazos, chanclazos, nalgadas, pellizcos, bofetadas, jalones de pelo, jaloneos, encadenamientos, quemaduras de cigarros, baños de agua fría o caliente, borradorazos, falta de alimento, cachazos, jalones oreja, trabajos forzados, cinturonazos, quemaduras en manos y pies, entre otros”.

Las limitaciones aplicarán para la madre, el padre o cualquier familiar o tutor que ejerza la patria potestad, tutela o guarda, custodia y crianza de niños, niñas y adolescentes.

Dentro del dictamen de reforma, se establece específicamente que el castigo corporal o físico “es todo aquel acto cometido en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve”.

En cuanto al castigo humillante, los legisladores refirieron que “se trata de cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizante, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, así como cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes”.