¡Adiós, chanclazos!: Diputados prohíben castigos corporales

La Cámara de Diputados avaló por unanimidad un dictamen que prohíbe a los adultos ejercer castigos corporales contra los menores.
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Este jueves 10 de diciembre la Cámara de Diputados aprobó un dictamen con el que se prohibirá que los menores de edad sean sometidos a castigo corporal y/o humillante como método correctivo.

En específico se avalaron reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Ahora, tras la evaluación de los legisladores, pasará al Ejecutivo federal para su promulgación y posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La aprobación del dictamen fue unánime, pues se contó con 446 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones en la Cámara de Diputados.

Pese a esto, no se dispusieron sanciones para los padres o tutores que ejerzan “correctivos” en contra de personas menores de edad.

De acuerdo con lo establecido en la reforma a la Ley, estará prohibido “corregir” a los menores de edad con “varazos, reglazos, chanclazos, nalgadas, pellizcos, bofetadas, jalones de pelo, jaloneos, encadenamientos, quemaduras de cigarros, baños de agua fría o caliente, borradorazos, falta de alimento, cachazos, jalones oreja, trabajos forzados, cinturonazos, quemaduras en manos y pies, entre otros”.

Las limitaciones aplicarán para la madre, el padre o cualquier familiar o tutor que ejerza la patria potestad, tutela o guarda, custodia y crianza de niños, niñas y adolescentes.

Dentro del dictamen de reforma, se establece específicamente que el castigo corporal o físico “es todo aquel acto cometido en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve”.

En cuanto al castigo humillante, los legisladores refirieron que “se trata de cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizante, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, así como cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes”.