Gubernatura de 6 años

Las reformas constitucionales y legales en materia electoral, a diferencia de otros temas, deberán aprobarse y promulgarse, es decir, publicarse tanto en el Diario Oficial de la Federación como en los Periódicos Oficiales de las 32 entidades federativas, con cierta distancia del inicio del proceso electoral en el que vayan a aplicarse.

Dicho de otra manera, las reglas de la competencia electoral deben quedar petrificadas por un tiempo, para dar certeza a las y los actores políticos.

Las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales, señala el artículo 105 de la Carta Magna.

Viene a cuento lo anterior, porque seguramente el interés por la sucesión de 2022 en Tamaulipas, sería menos atractiva si la próxima gubernatura tuviese una duración de dos año, que de cinco o un sexenio completo.

Pero como la LXIV Legislatura del Congreso del Estado, no aprobó la reforma constitucional correspondiente en los términos del artículo 105 de la Carta Magna, la próxima gubernatura tendrá una duración de seis años y no estará empatada con una de las elecciones federales.

Lo anterior no significa desde luego, la ausencia de un intento de reforma en esta dirección, que fue presentada por el PRI hace 29 meses.

RAFAEL GONZÁLEZ BENAVIDES, presentó la iniciativa correspondiente, durante la sesión celebrada el 20 de febrero de 2019.

¿Qué motivó al ex Magistrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, para proponer una reforma al artículo 80 de la Constitución local y en su parte transitoria ajustar el término de la gubernatura a cinco años?

Tenemos que remontarnos hasta la reforma a la Carta Magna, publicada en febrero de 2014, para responder a esta interrogante.

Uno de los temas centrales de la agenda nacional durante un buen tiempo, fue la necesidad de empatar la fecha de celebración de los comicios locales con los federales. 

Varios argumentos se esgrimieron en este sentido: disminuir el costo de los procesos electorales, evitar que la ciudadanía fuera convocada a votar casi todos los años y reducir la posibilidad de que las negociaciones políticas de las reformas nacionales de gran calado, quedaran atrapadas por el resultado a modo de los comicios locales (concertacesiones).

Razón por la cual la Reforma Constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 10 de febrero de 2014, adicionó un inciso n) a la fracción IV, del artículo 116, para que las Constituciones Políticas y las leyes electorales de las entidades federativas, exigieran lo siguiente:

Que se verifique, al menos, una elección local en la misma fecha en que tenga lugar alguna de las elecciones federales.

En consonancia con el mandato anterior, durante la Reforma Electoral que la LXII Legislatura del Congreso del Estado aprobó el 12 de junio de 2015, el Grupo Parlamentario del PRI presentó una iniciativa para empatar la fecha de la elección de Ayuntamientos con la Presidencial de 2018.

OLGA PATRICIA SOSA RUÍZ, ERASMO GONZÁLEZ ROBLEDO, RAMIRO RAMOS SALINAS, EDUARDO HERNÁNDEZ CHAVARRÍA, JUAN BÁEZ RODRÍGUEZ, RICARDO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ y demás integrantes de la bancada tricolor, suscribieron la iniciativa de reformas a 19 artículos de la Constitución Política de Tamaulipas.

Finalmente, en la parte transitoria se establecen, entre otras previsiones, que por única ocasión, los integrantes de los Ayuntamientos electos en la jornada comicial del domingo 5 de junio de 2016 duren en su encargo 2 años, concluyendo este el 30 de septiembre de 2018, con lo que se da cumplimiento al mandato constitucional que establece, se verifique -al menos- una elección local, en la misma fecha en que tenga lugar alguna de las elecciones federales, señala la iniciativa del PRI en sus consideraciones.

Por única ocasión, los integrantes de los Ayuntamientos electos en la jornada comicial del domingo 5 de junio de 2016, durarán en su encargo dos años, concluyendo éste el 30 de septiembre de 2018, dispuso el Decreto LXII-596. 

Dos años más tarde, la bancada del PAN en la LIII Legislatura, presentó una iniciativa de reformas la Constitución Política del Estado, en donde propuso empatar la fecha de las tres elecciones locales con la federal

Con la intención de generar no sólo un mayor ahorro económico, sino de establecer también aliciente para la gobernabilidad y el acuerdo político, la presente iniciativa entraña la homologación de los procesos electorales locales de nuestro Estado, es decir, elecciones de Gobernador, Diputados y Ayuntamientos con las elecciones federales, lo cual representaría un ahorro considerable para el erario público a partir de contiendas electorales eficaces, breves y económicas, consideró la iniciativa panista.

La elección de Gobernador, Diputados e integrantes de los Ayuntamientos deberán tener verificativo en la misma fecha en que tenga lugar la elección federal, señala la propuesta de adición al artículo 20 constitucional.

Finalmente vino al arrepentimiento y el Decreto LXXX-193, aprobado el 7 de junio de 2017, solo consideró homologar las elecciones de ayuntamientos y diputaciones locales, con los comicios federales

La elección de Diputados e integrantes de los Ayuntamientos deberán tener verificativo en la misma fecha en que tenga lugar la elección federal.

Vino un tercer intento para incluir la elección de la Gubernatura en el empate con las elecciones federales.

RAFAEL GONZÁLEZ BENAVIDES, presentó la iniciativa el 20 de febrero de 2019, para reformar el artículo 80 de la Ley Suprema de Tamaulipas.

En nuestra opinión el periodo de función gubernamental del próximo gobernador constitucional que se elija, debe de ser de cinco años, por estimar que es un término razonable para que quien ejerza el cargo, disponga de un tiempo apropiado para la ejecución de los planes y programas gubernamentales, argumentó el entonces diputado del PRI.

El Gobernador que resulte electo en la jornada comicial local de 2022, durará en su encargo 5 años, iniciando sus funciones el 1 de octubre de 2022 Y concluyendo éstas, el 30 de septiembre de 2027, señala el Artículo Segundo Transitorio de la iniciativa de RAFAEL GONZÁLEZ BENAVIDES.

Que finalmente la Diputación Permanente, presidida por GERARDO PEÑA FLORES, dictaminó en sentido negativo, argumentando que en Tamaulipas ya están homologadas por lo menos dos elecciones locales con una elección federal, como sucedió en 2021.

Y como el proceso electoral de la sucesión gubernamental de 2022, inicia el segundo domingo de septiembre de 2021, la persona que releve en el cargo a FRANCISCO GARCÍA CABEZA DE VACA, será titular del Poder Ejecutivo hasta el 30 de septiembre de 2028.

Porque la Constitución Política de Tamaulipas, no fue reformada conforme al artículo 105 de la Carta Magna.