Reabren cines, gimnasios  y salones de eventos 

Y exhortan a tiendas de autoservicio a abrir el 100% de sus cajas. 
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Cd. Victoria.- Ante el reporte de la Secretaría de Salud acerca del índice de contagios y comportamiento del SARS COV2, causante del COVID-19, el Comité de Seguridad en Salud en sesión celebrada el sábado 30 de enero, determinó el avance de los 43 municipios del Estado a Fase II, emitiendo una serie de acuerdos publicados en la edición de hoy del Periódico Oficial del Estado.
 
Por lo tanto, el Gobierno de Tamaulipas solicita a los giros comerciales considerados no esenciales, así como a la población en general, el apego y respeto a los lineamientos sanitarios considerados para esta fase, en donde destacan los siguientes.
 
En el rubro de restaurantes y servicios de preparación de alimentos con bebidas, podrán operar hasta el 50% de su capacidad, brindando servicio de lunes a domingo hasta las 23:00 horas y con la posibilidad de servir bebidas alcohólicas acompañadas por alimentos de lunes a domingo hasta las 22:09 horas. Queda prohibido el servicio de bufete, así como la música en vivo en estos establecimientos.
 
En tiendas de autoservicio se exhorta a la utilización del 100% de cajas, que las filas no excedan tres personas por caja, prohibir el acceso a toda aquella persona que no porte cubrebocas y permitiendo el acceso a solo una por familia o grupo; operar hasta un 75% de su capacidad, prestando servicio de lunes a domingo hasta las 20:00 horas y en lo que refiere a la venta de alcohol, el horario establecido será de lunes a viernes hasta las 20:00 horas, sábados hasta las 15:00 horas, mientras que los domingos no se podrán expender bebidas alcohólicas.
 
Tiendas de abarrotes y depósitos, podrán expender bebidas alcohólicas de lunes a viernes hasta las 20:00 horas, sábados hasta las 15:00 horas y domingo está prohibida la venta de éstas; en el caso de tiendas de abarrotes y de conveniencia, podrán prestar servicio hasta las 22:00 horas y a partir de las 22:01 y hasta las 05:59, podrán hacerlo a través de ventanilla.
 
La salas de cine podrán operar hasta un 40% de su capacidad, con servicio de dulcería hasta las 20:00 horas; Iglesias y templos religiosos deberán observar capacidad de servicio hasta un 25%, podrán oficiar hasta tres servicios por día, siendo estos tres días a la semana: miércoles, sábados y domingos, con uso obligatorio de cubrebocas y sin convocar a eventos masivos.
 
Salones de eventos, palapas, jardines y albercas, operarán con capacidad de servicio de un 35% o como límite 100 personas, lo que sea menor de acuerdo a las dimensiones del establecimiento, con horario límite de las 23:00 horas. Observar uso de mesas, en caso de que su capacidad sea de 12 personas, un máximo de 8 por mesa; si es de 10, máximo 5 personas por mesa, estableciendo medidas de protección específica a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños.
 
Gimnasios podrán operar hasta un 25% de su capacidad por área dentro del mismo y si es al aire libre, hasta un 50%, con un horario de 05:00 hasta las 22:00 horas, mantener áreas ventiladas, uso obligatorio de cubrebocas y garantizar la desinfección de aparatos tras su uso.
 
En el caso de los tianguis, puestos fijos y semifijos, será responsabilidad de los municipios el verificar se de cumplimento a las siguientes medidas: capacidad de instalación y de visitantes hasta un 30%, brindar servicio de lunes a domingo hasta las 16:00 horas, que cada puesto esté distanciado por lo menos 5 metros uno del otro y que se prohíba la venta a toda aquella persona que no porte correctamente cubrebocas.
 
Puestos fijos y semifijos con venta de alimentos preparados, podrán prestar servicio desde las 06:00 hasta las 23:00 horas, cuidar la sana distancia, uso de cubrebocas y capacidad máxima del 50%.
 
Cabe señalar que los giros comerciales deberán tener a la vista el distintivo de “Establecimiento Seguro”, mismo que será distribuido a través de la Comisión Estatal para la Prevención de Riesgos Sanitarios.
 
Esta medida tiene vigencia del 01 al 15 de febrero de 2021 y para revisar a mayor detalle lo estipulado por giro comercial, se podrá consultar en la versión digital del Periódico Oficial del Estado, a través del siguiente link: https://po.tamaulipas.gob.mx/archivo/?mes=1&año=2021.