Neutralidad política

 

Abrimos este artículo dejando en claro dos cosas.

Primero, que las conferencias matutinas del Presidente LÓPEZ OBRADOR, se organizan con recursos públicos.

Segundo, que las conferencias matinales del Presidente LÓPEZ OBRADOR, son aprovechadas para defender a su proyecto de Gobierno denominado la Cuarta Transformación, descalificando a sus opositores.

Dejando en claro que, políticamente hablando, Las Mañaneras, distan mucho de ser un proceso de comunicación neutral.

Nada nuevo bajo el sol del populismo.

El líder carismático que encarna los ideales del Pueblo bueno, lo defiende de las élites corruptas y de los partidos políticos tradicionales.

Tal y como lo señala el Manual del Buen Populista.

Pero resulta que está en curso el Proceso Electoral concurrente más grande en la historia de México, en donde se disputan 20,868 cargos de elección popular, en las 32 entidades federativas.

Y resulta también, que estamos en la víspera de que las candidaturas inicien sus campañas, para pedir el apoyo en las urnas de la ciudadanía.

Lo cual implica que el derecho a la libre expresión del Presidente de México y de todo el funcionariado nacional, tiene que ser acotado para evitar que se quebranten principios constitucionales democráticos.

Como la imparcialidad y la equidad en la competencia por los votos.

Así lo dispone con meridiana claridad el artículo 134 de la Carta Magna en su párrafo séptimo, que junto con el artículo 41, trazan los límites de la libertad de expresión de las y los servidores públicos en tiempos de campañas.

Motivo por el cual el Consejo General del INE, cabeza del Sistema Nacional Electoral, ha tomado cartas en el asunto para salvaguardar la competencia democrática por el poder.

Resulta que el pasado 28/12/2020, el PRD denunció al Presidente LÓPEZ OBRADOR, ante la Comisión de Quejas y Denuncias del INE.

Por su indebida intromisión en el proceso electoral actualmente en curso, promoción personalizada y la vulneración a los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad, derivado de sus manifestaciones realizadas en su conferencia matutina de veintitrés de diciembre.

La Comisión que preside CIRO MURAYAMA RENDÓN, resolvió el asunto el 30/12/2020, dictando una medida cautelar de carácter inhibitorio, basada en el fumus boni iuris y el periculum in mora.

Es decir, en la apariencia del buen derecho concatenada al temor fundado de que, mientras llega la tutela efectiva, se menoscabe o resulte irreparable el derecho materia de la decisión final.

Se le ordenó al Presidente LÓPEZ OBRADOR, abstenerse de continuar realizando actos que impliquen una posible trasgresión a los principios de imparcialidad y neutralidad contenidos en el artículo 134 constitucional, para salvaguardar el principio de equidad en el proceso electoral en curso.

Inconforme con la tarjeta amarilla sacada por el INE, la Consejería Jurídica de la Presidencia, la impugnó ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En términos deportivos, el TEPJF es una especie de VAR jurisdiccional en materia electoral.

Fechado el 02/01/2021, el escrito presidencial combate la medida cautelar dictada por el INE, señalando que la causa de pedir se sustenta en que la medida es ilegal, porque fue dictada respecto de actos futuros de realización incierta, es incongruente, se encuentra indebidamente motivada y porque la responsable no ponderó su derecho de expresión, así como el de información de la ciudadanía.

Considerando lo anterior, el TEPJF regresó la pelota a la cancha del INE para que fuera la autoridad electoral administrativa, quien estableciera los límites a la verbosidad presidencial de Las Mañaneras.

Respetando la continuidad de las conferencias matinales del Presidente de la República, el Consejo General del INE fijó una serie de parámetros con los cuales hará respetar el artículo 134 constitucional.

Parámetros que armonizarán la libertad de expresión, la rendición de cuentas, el derecho a la información y la transparencia, con los principios democráticos de imparcialidad y equidad en la competencia por los votos.

Son parámetros que deben ser respetados por el funcionariado nacional sin excepción alguna.

De aquí en adelante los temas político-electorales estarán vetados para las y los servidores públicos del país. 

La neutralidad política les exige hacer mutis.