La ley te ampara si en tu trabajo no te dejan faltar el 9 de marzo

Entérate de tus derechos y qué debes hacer si deciden descontarte el día.
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En México se ha desatado una ola de feminicidios, y las mujeres han encontrado una forma de protestar sin hacer alguna marcha o pintar monumentos, se trata de parar por un día todas las actividades que realizan día con día, así fue como nació el paro del 9 de marzo. 

Muchas empresas de México se han solidarizado, aunque otras más no lo han hecho, es por eso que si tu empresa es de las que no cree mucho en lo que se hará este día y tienes miedo de faltar a tu trabajo por ser víctima de alguna represalia, no te preocupes, pues aquí te contamos cómo es que la ley te ampara para poder faltar a tus labores. 

Es muy importante que estés consciente que tú como empleada tienes derechos laborales y de igualdad, y así como también tienes obligaciones con la empresa, tu empleador las tiene contigo. 

Para comenzar, debes de saber que esta convocatoria no es sinónimo de un día de asueto o feriado; los cuales son días no laborables que suelen establecer las autoridades ante alguna circunstancia especial. 

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Esta convocatoria es de y para mujeres, para rechazar la violencia machista y las brechas de género, por lo que no es un día feriado, y aunque quieras no te lo pueden dar así porque sí. 

Como ya lo mencionamos muchas empresas sí se han sumado a esta causa, pero otras no, así que, si tu empresa es de las que no, tienes una solución: en primer lugar debiste de avisar a tu jefe o a la institución ya que de no hacerlo se puede considerar una falta injustificada según la Ley Federal del Trabajo. 

Y aunque tu empresa no apoye, ese día se te pondrá una falta injustificada, lo cual no es motivo de despido, a menos de que ya acumules más de tres faltas, ahí sí podría haber un despido justificado. 

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Ahora, la única consecuencia que la empresa podría tomar en tu contra sería que se te descuente el día en la siguiente quincena, pero ojo, no te pueden hacer un descuento doble, no te pueden poner una multa extra y descontarte dos o más días. 

Según el artículo 107 de la Ley Federal del Trabajo: “Está prohibida la imposición de multas a los trabajadores, cualquiera que sea su causa o concepto”.

También debes recordar que la protesta social es un derecho constitucional y nadie debe criminalizarte por ello, mucho menos recibir sanciones o discriminaciones por ejercerlo.