IMSS te apoya con gastos para el matrimonio

Este año el monto de esta ayuda equivale a dos mil 534 pesos
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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) implementó mejoras para facilitar la Ayuda para Gastos de Matrimonio (AGM), una prestación económica a la que tienen derecho los trabajadores que contraen matrimonio.

Por ello, a partir de este año el tiempo en que se realiza el depósito de la prestación bajó de siete a tres días hábiles, en promedio, informó el coordinador de Prestaciones Económicas del instituto, Andrés Ruiz Maciel.

Anteriormente, el asegurado debía realizar la solicitud en las Unidades de Medicina Familiar, en donde se otorgaba una resolución en papel, y posteriormente acudía a su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) para cobrar la prestación, mientras que ahora se acude directamente a la Afore para realizar todo el trámite.

El monto de esta prestación equivale a dos mil 534 pesos y la cantidad se modifica según la fecha en que se haya contraído el matrimonio, pues cada año se modifica su valor, ya sea de la UMA o el importe del salario mínimo, en el caso de los matrimonios anteriores a 2016.

El monto que se otorga proviene de la cuenta individual del trabajador o trabajadora; es decir, de los recursos que se destinan en el seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y que son administrados por las Afores, destacó Ruiz Maciel.

¿CÓMO SE OTORGA ESTA AYUDA PARA GASTOS DEL MATRIMONIO?

Cada año, el IMSS otorga la ayuda para gastos de matrimonio a alrededor de 72 mil personas y se puede entregar a todas las personas que se hayan casado, en una sola ocasión. Lo puede recibir cada uno de los trabajadores (parejas de hombre y mujer, o matrimonios de parejas del mismo sexo) siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos:

  • Matrimonio civil celebrado posterior al 30 de junio de 1997
  • Tener un mínimo de 150 semanas de cotización en el seguro de Retiro
  • Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, a la fecha de celebración del matrimonio
  • Ser trabajador en activo al momento de la celebración del matrimonio civil o que haya mantenido la vigencia de derechos hasta 90 días posteriores a su baja
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Ruiz Maciel indicó que los interesados deben acudir a la Afore que administra su cuenta individual, a fin de conocer si cumple estos requisitos. También se pone a su disposición los Módulos de Control de Prestaciones en las Unidades de Medicina Familiar del IMSS, donde se brinda orientación a los trabajadores.

Documentos:

  • Identificación oficial
  • Copia certificada del acta de matrimonio
  • Estado de cuenta de la Afore
  • Documento que contenga su Número de Seguridad Social (NSS)
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).

Los interesados deben acudir a la Afore que administra su cuenta individual, a fin de conocer si cumple estos requisitos; también se pone a su disposición los Módulos de Control de Prestaciones en las Unidades de Medicina Familiar del IMSS, donde se brinda orientación a las y los trabajadores.