Corte invalida artículos de Ley Electoral de Zacatecas

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Ante el proceso electoral que se vivirá en Zacatecas el año entrante, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó dos artículos de su ley electoral al considerar que sí permitía una sobrerrepresentación en el Congreso Estatal y que invadía la competencia del Congreso de la Unión al legislar sobre las coaliciones de partidos políticos.



Además, en su sesión de este lunes, se estableció que los congresos estatales podrán normar el derecho de réplica en sus legislaciones, en tanto el Congreso de la Unión no apruebe la Ley Federal en la materia.



“Las entidades federativas, únicamente pueden intervenir y legislar para regular los medios de comunicación locales en cuestiones electorales. Los Estados pueden regular el ejercicio del derecho de réplica durante un proceso electoral exclusivamente en medios de comunicación susceptibles de ser reglamentados por ellos, tales como periódicos y revistas sin que puedan incluirse medios de comunicación que sólo pueden ser regulados a nivel federal como la televisión o el radio”, planteó el ministro Eduardo Medina Mora.



Los ministros del máximo tribunal del país, establecieron también que los diputados locales tendrán un plazo de 60 días para enmendar sus artículos con el objetivo de que en 2016, las agrupaciones políticas puedan entregar las listas de candidatos plurinominales, con base en lo que la ley permite.