Tamaulipas y 17 estados más, eliminan la prisión preventiva

Y se establecen 14 medidas cautelares que pueden aplicarse en vez de la prisión preventiva forzosa.
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Ciudad Victoria, Tamaulipas

La prisión preventiva ha sido eliminada en 18 estados del país, luego de que un órgano regional del Poder Judicial de la Federación aprobó una jurisprudencia obligatoria.

El Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro-Norte resolvió que ahora los jueces deberán recibir amparos de personas procesadas por delitos con prisión preventiva de oficio, y deberán conceder suspensiones provisionales para que lleven sus procedimientos penales fuera de la cárcel.

Esta decisión es tomada después de tomar en consideración los casos  Tzompaxtle Tecpile y García Rodríguez, en las que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) ordenó al Estado mexicano eliminar esta medida cautelar de su legislación y adaptarla a los estándares fijados por dicho tribunal.

"Conforme a la jurisprudencia interamericana vinculante, todos los operadores jurídicos estamos llamados a inaplicarla, mediante un debido control de convencionalidad, a la luz de los estándares establecidos por el tribunal citado", dice la sentencia dictada, con base en un proyecto del magistrado Samuel Meraz Lares.

"Si la jurisprudencia emitida por la CoIDH es vinculante, y ahí se resolvió categóricamente que es inconvencional la figura consistente en la prisión preventiva oficiosa, el resolutor federal habrá de tomarlas en consideración al momento de realizar esa labor ponderativa y, determinar en su caso si se dan efectos restitutorios".

Los estados que han eliminado la prisión preventiva son: CDMX, Estado de México, Nuevo León, Sonora, Coahuila, San Luis Potosí, Sinaloa, Baja California, Guanajuato, Chihuahua, Tamaulipas, Querétaro, Zacatecas, Nayarit, Durango, Baja California Sur, Tlaxcala y Aguascalientes.

Se establecen 14 medidas cautelares que pueden aplicarse en vez de la prisión preventiva forzosa, entre ellas:

-Presentación periódica ante el juez o una autoridad distinta.

-Exhibición de una garantía económica Embargo de bienes.

-Inmovilización de cuentas y valores.

-Prohibición de salir sin autorización del País o localidad en la que reside Vigilancia de una persona o institución.

-Colocación de localizadores electrónicos.

-Resguardo en su domicilio.

Para conceder una suspensión provisional contra la prisión forzosa, los jueces de amparo deberán analizar en cada caso concreto el interés social y la apariencia del buen derecho.

Una vez otorgada, la suspensión provisional tendrá como efecto que el juez de control responsable del proceso señale en un plazo de 48 horas una nueva fecha de audiencia para revisar la medida cautelar y fijar una distinta a la prisión preventiva oficiosa.

Esas medidas pueden ser desde la libertad provisional, la prisión domiciliaria o la imposición de un brazalete electrónico, entre otros.