Revoca Tribunal  2 resoluciones del Ietam

Magistrados estatales advierten falta de revisión de pruebas en denuncias electorales
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Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Dos resoluciones del Instituto Electoral de Tamaulipas fueron revocadas por el Tribunal Electoral del Estado por falta de revisión de pruebas de parte de los consejeros estatales electorales.

En el primer caso, el magistrado Edgar Danés Rojas dio la razón al partido Morena, al haber reclamado que el Consejo General del Ietam no valoró las pruebas, que presentó en una demanda por  uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada y violación del artículo 241 de la Ley Estatal

Electoral en contra del alcalde neolaredense Enrique Rivas Cuellar.

Así como en contra del medio de comunicación Desarrollo Siglo 21 por conductas relacionadas por infracciones en materia de propaganda política en materia electoral; y en contra del PAN por conducta in vigilando.

El jurista manifestó que los consejeros estatales electorales no analizaron de manera exhaustiva los hechos sometidos a su consideración, para determinar si se acreditaba la promoción personalizada del candidato.

De tal manera que pidió se revocara la resolución dictada por los mismos; y se les ordenara emitir una nueva tomando en cuenta la propaganda denunciada, su temporalidad y la calidad de precandidato único del denunciado, siendo respaldada tal fallo por el pleno.

En el segundo caso, la magistrada Marcia Laura Garza Robles dio la razón al PAN, al haber reclamado que el Consejo General del Ietam no valoró una acta circunstancial emitida por la oficialía electoral del Ietam en una denuncia por actividades políticas en un recinto religioso en contra del otrora candidato de Morena a la alcaldía de González, José Javier Castillo Castillo.

La jurista indicó que, del análisis de las constancias que obran en el expediente, se observa que efectivamente los consejeros estatales electorales no tomaron en cuenta tal prueba al momento de dar su fallo, por lo que pidió se revocara el mismo; y emitieran uno nuevo contemplando tal prueba, siendo respaldada esta resolución por el pleno.