Febrero, límite para elección extraordinaria en Tamaulipas

Fallecimiento del doctor Faustino López Vargas obliga al Senado de la República a convocar a elección extraordinaria en Tamaulipas

Ciudad Victoria, Tamaulipas.-Tras el fallecimiento del senador tamaulipeco, doctor Faustino López Vargas, ha quedado acéfala una de las dos posiciones que le corresponden a esta entidad en el Senado de la República por el principio de mayoría relativa.

De tal manera que, de acuerdo al Artículo 63 de la Constitución Política de México, el dicha Cámara deberá convocar a una votación extraordinaria, para que los ciudadanos tamaulipecos elijan a quien cubrirá esa vacante hasta el 2024.

Dicha norma señala que cuando, tanto el titular, como el suplente, de una diputación federal o una senaduría por el principio de mayoría relativa, estén impedidos para ejercer el cargo, la Cámara respectiva deberá convocar a la elección de una nueva fórmula.

En este caso, López Vargas era suplente de Américo Villarreal Anaya, quien dejó dicha senaduría y no puede regresar a ocuparla, tras haber sido electo y luego haber asumido el cargo de Gobernador de Tamaulipas.

De tal manera que el Senado de la República deberá de convocar a una elección extraordinaria, la cual estaría a cargo del Instituto Nacional Electoral, al tratarse de un cargo de representación popular federal.

Es decir, dichos comicios constitucionales se celebrarían a más tardar la primera semana de febrero del 2023. 

Y finalmente, quien ocupe dicho cargo podrá aspirar a la reelección en el 2024, ahora por un periodo de 6 años.

Lo que debes saber:

-Escaño por la muerte de Faustino López y la licencia del doctor Américo Villarreal, se cubre mediante una elección extraordinaria.

-Primero la Mesa Directiva del Senado hace la declaratoria de ausencia de propietario y del suplente y enseguida se convoca a la elección.

-Se expide la convocatoria dentro de los 30 días de que la Mesa Directiva hace la declaratoria.

-Y la elección extraordinaria debe realizarse dentro de los 90 días después de que se emite la Convocatoria.

-A más tardar la primera semana de febrero de 2023 debe celebrarse la elección, de acuerdo al Párrafo primero del Artículo 63 en relación al 77 fracción IV de la Carta Magna, y 16 del Reglamento del Senado.

-Quien resulte electo podrá ser reelecto para un próximo periodo consecutivo